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Actualitat 11 Ene

Salario mínimo interprofesional

Publicación en el BOE de 30 de diciembre el RD 1077/2017 por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2018.

El SMI (salario mínimo interprofesional) cumple con la función de garantía salarial mínima y se computa tanto la retribución en dinero como en especies. En 2018 las cantidades fijadas han sido de:

  • Salario establecido en días: 24,53 € / día
  • Salario establecido en meses: 735,90 € / mes
  • Salario anual no podrá ser inferior a 10.302,60 €.

En el caso de trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios en una empresa no exceda de 120 días la cuantía del SMI no podrá ser nunca inferior a

  • 34,85 € por jornada legal en la actividad.

El SMI de los empleados del Hogar será de:

  • 5.76 € / hora.

Por su parte, el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que es un índice utilizado como referencia para la concesión de ayudas, becas, subvenciones o subsidios de desempleo, ha sido prorrogado en las cantidades establecidas en el 2017, hasta que se aprueben los presupuestos del 2018:

  • IPREM diario 17,92 €
  • IPREM mensual 537,84 €
  • IPREM anual 6.454,08 €
Atec Assessors

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