Cambios en el régimen sancionador.
A raíz de la Consulta Vinculante V1434-17 de 5 de junio la Dirección General de Tributos ha manifestado que,
En resumen, la presentación fuera de plazo de dicha declaración, sin requerimiento previo de la Administración, conllevará la sanción reducida y por la regularización de las ganancias patrimoniales puesto de manifiesto sólo será de aplicación los recargos de extemporaneidad y no será de aplicación el régimen sancionador comentado.
Si se encuentra en este situación o quiere más información al respecto no dude en ponerse en contacto con nosotros
¿Quieres estar informado de nuestras novedades y cambios legislativos que afectan a tu empresa? Suscríbete a nuestro newsletter.
Si continuas navegando por el sitio web, aceptas utilizar cookies. Más información.
La configuración de las cookies de esta web está definida como "permite cookies" para poder ofrecerte una mejor experiencia de navegación. Si continúas utilizando este sitio web sin cambiar la configuración de cookies o clicas en "Aceptar" entenderemos que estás de acuerdo.